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Presupuesto público 2023 y los derechos de las niñas, niños y adolescentes

13 de octubre 2022

El Poder Ejecutivo ha remitido al Congreso de la República, para su debate y aprobación, el Proyecto de Ley de Presupuesto Público para el año fiscal 2023. La propuesta de asignación de recursos del Estado muestra cifras que no son alentadoras para la promoción de derechos y la protección de la niñez y adolescencia, especialmente en relación a la prevención de la violencia.

Como es conocido, el ente rector en materia de infancia es el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP); su misión es diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de mujeres, niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y migrantes internos, para garantizar el ejercicio de sus derechos y una vida libre de violencia, desprotección y discriminación, en el marco de una cultura de paz.

Para el año fiscal de 2023, se propone para el MIMP una asignación en el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA (1) de 812.5 millones de soles, es decir un 10,5% por encima del monto señalado para el 2022. Sin embargo, la apreciación de ese incremento debe considerar que con una inflación interanual de 7,8 %, el incremento se ve menguado en términos reales, es decir como capacidad de compra (2). Se puede decir entonces que la asignación es, una vez más, escasa para atender la magnitud de las responsabilidades del Ministerio.

Una aproximación de mayor profundidad muestra que las cifras consignadas desfavorecen a la niñez. Para su operación el MIMP tiene 2 pliegos presupuestales y 4 Unidades Ejecutoras (3). La única unidad ejecutora a la que le han reducido la asignación para el 2023 es al Programa Aurora, programa relacionado a la atención y prevención de la violencia de género y consecuentemente a la violencia que se ejerce contra niñas, niños y adolescentes. Mientras que el (PIA) 2022 del Programa Aurora es de 332.5 millones, la asignación para el año 2023 es de 310.1 millones de soles, es decir, se han reducido 22.4 millones de soles, que equivale al 6.7%.

Otra evidencia de la inadecuada gestión del presupuesto en el MIMP es posible desde la revisión de la ejecución presupuestaria en los últimos años.  Se puede contrastar la ejecución presupuestal de todo el sector versus la ejecución de las partidas vinculadas a niñas, niños y adolescentes. Mientras el grado de ejecución promedio del Ministerio durante el último quinquenio ha sido 97.1%; en la ejecución de las partidas vinculadas a niñas, niños y adolescentes en promedio representa un 88%. La comparación evidencia debilidades de gestión en materia de atención para la promoción de derechos y la protección de la infancia y la adolescencia.

De otro lado, el presupuesto para 2023 señala que el MMP intervendrá a través de cuatro Programas Presupuestales – PP (4) y considera que el PP 080, Lucha Contra la Violencia Familiar (AURORA) estará siendo incorporado en el PP 1002 (5). En este marco la asignación presupuestaria propuesta para la lucha contra la violencia familiar que incorpora intervenciones vinculadas a la niñez y adolescencia ha sufrido un recorte del orden de los 57.7 millones de soles en el financiamiento de sus acciones; en contraste con la asignación al INABIF que incluye un incremento en 117 millones para bonos de orfandad (6).

La información señalada muestra que la propuesta presupuestal del MIMP, es poco auspiciosa ante la necesidad de atención de los principales problemas que enfrentan niñas, niños y adolescentes, tales como la violencia en sus diversas manifestaciones en la familia, la escuela y la comunidad. En ese orden de ideas, tampoco destacan asignaciones vinculadas a la prevención de esta problemática, ni a la atención de las víctimas.

Finalmente, es importante señalar que en las propuestas de gestión que plantea el propio MMP para el año fiscal 2023, se dispone que sean los gobiernos regionales quienes consideren dentro de sus planes de desarrollo las políticas nacionales sobre igualdad de género y sobre niñas, niños y adolescentes, pero sin asignación de recursos específicos necesarios para su implementación.

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(1) PIA es el presupuesto con que se inicia un año fiscal. Es el monto con que se aprueba el Presupuesto. Puede modificarse en el transcurso del año fiscal.
(2) Un cálculo sencillo muestra que el real incremento presupuestario sería del 2,7 %.
(3) Pliego presupuestario: son las entidades del Sector Público a las que se le ha aprobado una Asignación Presupuestal en la Ley Anual de Presupuesto. Unidad Ejecutora es la encargada de conducir las operaciones orientadas a la gestión de los fondos que administran. Son las responsables directas de los ingresos y egresos que administran.
(4) Los Programas Presupuestales son: 1002: Productos Específicos para reducir la violencia contra la mujer; el 0117 Atención oportuna de NNA en presunto estado de abandono; 0142 Acceso de personas adultas mayores a servicios especializados y el 0068 Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres.
(5) Ley 31405
(6) Ley 31405